Señalamiento Vertical Restrictivo

Señalamiento Vertical Restrictivo

Se usará en ciertas intersecciones para indicar que uno o más carriles deberán usarse exclusivamente para vuelta izquierda y no deberán ser ocupados por vehículos que sigan de frente. Esta señal deberá complementarse con marcas en el pavimento. El símbolo llevará un tablero adicional con la leyenda “SOLO IZQ.”,  para formar un conjunto.

Se usará al inicio de una faja separadora central de un camino dividido para indicar la obligación de circular en el sentido mostrado.

Se usará en aquellas intersecciones donde sea necesario indicar la obligación de circular en el sentido mostrado, a fin de evitar la invasión de un carril con circulación contraria. La flecha se colocará horizontal o inclinada indicando el sentido del tránsito.

Se utilizará en las intersecciones controladas por semáforos o por agentes, en las cuales está permitida la vuelta derecha en forma continua, aunque para el tránsito que siga de frente se indique el ALTO. Debe limitarse el uso de esta señal para cuando pueda garantizarse que el paso de peatones tenga prioridad y este sea respetado por los conductores de vehículos. El símbolo llevará un tablero adicional con la leyenda “CONTINUA”, para formar un conjunto.

 

Se utilizará para indicar el límite máximo de la velocidad que se fije en el tramo de la carretera o vía urbana, el cual será expresado en múltiplos de 10 con la abreviatura Km./h, con excepción de la velocidad límite de 95 Km./h que únicamente se usará   para regular la circulación de los autobuses. La velocidad máxima en cada tramo carretero será la de proyecto correspondiente. Como 95 y  80 Km./h  son los límites máximos de velocidad permisibles para autobuses y camiones respectivamente, en los casos en que la velocidad de proyecto sea mayor a estas, será necesario colocar una señal de velocidad por cada tipo de vehículo, según el caso, para fijar el límite máximo a cada uno de ellos. Deberá emplearse un tablero adicional que indique el tipo de vehículo. Cuando se desconozca la velocidad de proyecto de un tramo, deberá determinarse tomando en cuenta las características geométricas del mismo. En zonas urbanas y suburbanas, el límite máximo de velocidad será el que se establezca en los Reglamentos de Tránsito de la localidad. En general esta señal deberá colocarse en los siguientes casos: 

1.- Al inicio del tramo donde rija esa velocidad.

2.- En zonas de alta afluencia peatonal (escuelas, iglesias, mercados, etc.)

3.- Antes de curvas peligrosas.

4.- Al principio de tramos sinuosos.

5.- Reducción de la sección transversal.

6.- Pasos por vados.

7.- En los enlaces de salida de un camino principal

8.- Desviaciones.

9.- Puentes angostos.

En los enlaces de salida en que deberá disminuirse la velocidad, la señal llevará un tablero adicional con la leyenda “SALIDA”  y se colocará antes de donde empiece el enlace.

 

Se utilizará para indicar a determinados conductores que deberán detenerse en el lugar para revisión por parte de las autoridades correspondientes. Cada señal llevará un tablero adicional con la leyenda respectiva, tal como ADUANA, BASCULA, FISCAL, FORESTAL, POLICÍA.

El uso de esta señal deberá determinarse siempre mediante un estudio de las condiciones locales del tránsito. Esta señal indicará que el conductor debe detenerse o aminorar la velocidad de su vehículo, cuando sea necesario ceder el paso al tránsito al que se incorpora o cruza. La señal de ceda el paso no debe considerarse como un sustituto de la señal de alto, cuando ésta sea necesaria.

El uso de esta señal deberá determinarse siempre mediante un estudio de las condiciones locales del tránsito. En general, esta señal deberá colocarse en los siguientes casos de intersecciones a nivel:

1.- En el cruce de dos carreteras principales.

2.- En el entronque de un camino secundario con una carretera principal.

3.- En el cruce de una carretera con una vía férrea.

4.- En intersecciones urbanas en donde la posibilidad de accidentes haga necesario el uso de esta señal.

En todos los casos, la señal se colocará sobre el camino o calle de menor volumen de tránsito, en el lugar preciso donde deben detenerse los vehículos.

 

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